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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2004
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2004

    Fecha: 13-Abr-2004

    III.5

    III.5  En consecuencia, el Juez recurrido, al haber pronunciado el Auto impugnado de 3 de enero de 2004,  no obstante haber concluido el proceso laboral de referencia con la ejecutoria y consiguiente ejecución de sentencia, se ha arrogado atribuciones que no le competen, incurriendo en la nulidad  prevista por los arts. 31 de la CPE y 79.II de la LTC.

    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • I.2.      Admisión y citación
    • I.3.   Alegaciones de la parte recurrida
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • no ha respetado los efectos de la cosa juzgada en su dimensión material
    • III.5
    • III.6

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