SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2004-R

Fecha: 05-Abr-2004

a

El recurrente alega que se han vulnerado sus derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso: a) al no haberlo puesto físicamente a disposición del Juez Cautelar al momento de efectuar la imputación formal y pedir su detención preventiva, habiéndose ordenando su detención sin realizar la  audiencia cautelar, ni permitirle asumir defensa técnica y material y sin notificarlo personalmente con esa determinación; b) habiendo solicitado la cesación de detención preventiva el Juez Técnico recurrido, celebró la audiencia respectiva sin su presencia y la rechazó indebidamente, dictando un Auto sin la debida fundamentación. Por consiguiente,  corresponde analizar en revisión, si los hechos demandados son evidentes y si se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).