Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0500/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que la autoridad demandada ha vulnerado los derechos de sus representados a la libertad de locomoción, a la defensa y el principio de presunción de inocencia, por cuanto dictó Resolución de aprehensión contra ellos, sin haberlos citado previamente de comparendo para que presten sus declaraciones y sin que exista flagrancia. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales extremos son ciertos, y si se encuentran dentro de la protección que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siempre que se cumplan los siguientes requisitos: 1) Que la presencia del imputado sea necesaria para la investigación; 2) Que existan suficientes indicios de que es autor o partícipe de un delito de acción pública, sancionado con pena privativa de libertad, cuyo mínimo legal sea igual o superior a dos años, mínimo contemplado en pocos delitos y 3) Que el imputado pueda ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar u obstaculizar la averiguación de la verdad, requisito que debe tomar en cuenta las circunstancias y la concurrencia de indicios establecidos en los arts. 234 y 235 del CPP
- III.2.
- III.3.