SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0507/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
El 25 de octubre de 2003, el Juez cautelar ordenó su detención preventiva; posteriormente él solicitó la cesación de su detención que fue rechazada por no haberse demostrado la concurrencia de los requisitos establecidos en el art. 233 del Código de procedimiento penal (CPP) pues según la autoridad recurrida no contaba con un domicilio legalmente establecido y que el contrato de trabajo presentado no contaba con el correspondiente padrón municipal que certifique la existencia del taller donde trabaja. Una vez más reiteró su solicitud adjuntando certificado de registro domiciliario expedido por la Policía Técnica Judicial (PTJ) y certificado de trabajo visado por la Inspectoría del Trabajo, padrón municipal, RUC y cédula de identidad del propietario del taller; no obstante, a pesar de haber subsanado las observaciones efectuadas en la audiencia anterior, el juez le niega sustituir su detención por medidas sustitutivas argumentando que sí ha demostrado tener trabajo conocido y legalmente establecido, sin embargo, las tres declaraciones de las vecinas son contradictorias con el contrato de alquiler presentado.