SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0579/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

II.3

II.3           El 7 de agosto de 2002 se aprobó la liquidación notificándose a la ejecutada el 9 de agosto de 2002, por cédula en la morada de su abogado (informe del juez que no fue observado o negado por la recurrente); el 12 de agosto mediante proveído de la fecha, se dispone que se ponga en conocimiento de la partes la tasación presentada por la Secretaria Abogada en la misma fecha (fs. 15), notificándose a la ejecutada con dicha providencia por cédula en la morada de su abogado en presencia de testigo (fs. 15 vta.).