Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0587/2004-R
Fecha: 20-Abr-2004
II.2.
II.2. Recibido el proceso en la Sala Penal Segunda el 9 de abril de 2003, al día siguiente 10, el Vocal recurrido, Eduardo Guaman Prado, dispuso “Vista”, con lo que se remitió el expediente a la Fiscalía el 12 de abril de 2003, de donde fue devuelto el 7 de agosto de 2003 con el requerimiento fiscal correspondiente. Posteriormente, el 25 de agosto de 2003, el nombrado recurrido decretó que se notifique al procesado, a objeto de que fundamente su alzada, bajo conminatoria de darse aplicación al art. 286 del CPP.1972. Esta orden fue cumplida mediante notificación en tablero el 24 de septiembre de 2003 a hrs. 17:40 (fs. 10, 11, 12).