SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0587/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0587/2004-R

Fecha: 20-Abr-2004

III.6.

III.6.  Sobre las notificaciones fuera del plazo y la falta de notificación personal al Fiscal con cierta resolución, estos extremos conforme se anotó en el punto III.1, no se resuelven en el presente recurso, dado que no inciden en la amenaza cierta y evidente contra los derechos bajo protección del hábeas corpus. 

Por los fundamentos expuestos y habiéndose demostrado las lesiones a los derechos a la libertad física, a la defensa y a la garantía del debido proceso, puesto que los vocales recurridos no subsanaron la omisión de la notificación personal o en su caso por cédula con el Auto de Vista que confirmó la Sentencia condenatoria contra el recurrente, corresponde otorgar la tutela solicitada, a fin de que los derechos referidos sean restituidos conforme establece la Constitución y las leyes procesales penales.