Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
II.3.
II.3. El 21 de noviembre de 2003, la Encargada de Información y Atención al Jubilado de la Dirección de Pensiones, Regional Santa Cruz, informa que la recurrente no figura en planillas de “CIMAL” Ltda., omisión que debe ser aclarada (fs. 46), por otra parte, mediante nota y memorial de 9 y 14 de enero de 2004, respectivamente, la actora solicita al Gerente del Grupo Industrial “RODA” que al no haber sido incluida en planillas de aquella empresa ni haberse cancelado sus aportes, se analice la forma más viable para solucionar el problema que le causa enormes perjuicios (fs. 45 a 48).