SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0603/2004-R

Fecha: 22-Abr-2004

III.1.

III.1.   El art. 5 del Estatuto del Funcionario Público (EFP) establece las clases de los servidores públicos clasificando en su inc. d) a los funcionarios de carrera, al señalar que son aquellos que forman parte de la administración pública cuya incorporación y permanencia se ajustan a las disposiciones de la Carrera Administrativa que se establecen en dicho Estatuto. Por su parte el art. 71 de la misma disposición legal determina la condición de funcionario provisorio a los servidores públicos que actualmente desempeñan funciones en cargos correspondientes a la carrera administrativa y cuya situación no se encuentra comprendida en el artículo precedente (funcionarios de carrera) y por ello, son considerados como funcionarios provisorios que no gozan de los derechos a los que hace referencia el numeral II del artículo 7 de la norma en análisis, entre ellos, a la inamovilidad funcionaria, añadiendo que el Poder Ejecutivo programará la sustitución gradual de los funcionarios provisorios por funcionarios de carrera.