Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0613/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
b)
b) Presentada la acusación y radicada la causa ante el Juez de Sentencia, los recurrentes -en su calidad de querellantes- tienen derecho de exponer y ampliar su acusación por otros hechos querellados y no comprendidos en la acusación fiscal, debiendo el juzgador precisar los hechos sobre los cuales se procederá al enjuiciamiento penal, de conformidad a los arts. 326 inc. 1), 329, 340, 342 y 348 del CPP.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- El recurrido fiscal de materia, Jaime Castro Ayllón
- Mario Lucio Montaño Pereira en su condición de Fiscal de Distrito
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR