Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2004
Fecha: 27-Abr-2004
Auto de Vista impugnado, le fue notificado al recurrente el 28 de enero de 2003,
El referido Auto de Vista impugnado, le fue notificado al recurrente el 28 de enero de 2003, conforme se evidencia del cuaderno procesal remitido a este Tribunal, por lo que al haber interpuesto esta acción tutelar después de más de un año, pretendiendo que se proteja sus derechos ante los supuestos actos impugnados de ilegales, luego de haber precluido su derecho para accionar la jurisdicción constitucional, determina que este Tribunal no pueda pronunciarse sobre el fondo de lo demandado; lo contrario, importaría desconocer el principio de inmediatez que caracteriza y le es consustancial al recurso de amparo constitucional.