SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2004

Fecha: 27-Abr-2004

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, declaró improcedente el recurso condenando al recurrente al pago de Bs200.-, por concepto de multa, con los siguientes fundamentos: a) la resolución impugnada es de 27 de diciembre de 2002, lo que significa que el amparo solicitado carece de inmediatez; y b) la vía correspondiente para impugnar la nulidad de actuaciones judiciales por usurpación de funciones o falta de competencia es la prevista en el art. 79 de la LTC, y al no haberla utilizado, hace que sea aplicable la causal de improcedencia prevista en el art. 96.3) de la LTC.