SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0627/2004

Fecha: 27-Abr-2004

III.2.

III.2. En el caso de examen, el recurrente denuncia por medio de esta acción tutelar, la ilegalidad del Auto de Vista de 27 de diciembre de 2002 dictado por los vocales recurridos, porque a decir suyo, fue pronunciado sin competencia, resolución judicial que es menester aclarar, le es favorable al recurrente en su contenido, por cuanto revocó el Auto de 27 de junio de 2002, contra el que recurrió de apelación, con el fundamento de que la exclusión del juicio penal del supuesto responsable civil, es decisión facultativa del Juez del Plenario.