Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 520/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
I.1.3. Autoridades
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional contra Carlos Morales Alcoreza, Director Distrital en La Paz del Consejo de la Judicatura; Armando Villafuerte Claros, Guido Chávez Méndez y María Teresa Rivero de Cusicanqui, Presidente y consejeros del Consejo de la Judicatura, solicitando sea declarado procedente, por ende, se anulen los actos denunciados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- III.1.
- III.2.
- procede única y exclusivamente cuando se han agotado los recursos y medios existentes para que la persona exija se respeten los derechos y garantías que estima lesionados
- III.3.
- , la responsabilidad penal y la responsabilidad disciplinaria administrativa, no son excluyentes
- APRUEBA