Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0666/2004-R
Fecha: 04-May-2004
II.3.
II.3. El 12 de noviembre de 2003, mediante memorial presentado ante la Alcaldesa recurrida, el recurrente pidió se reconsidere el agradecimiento de servicios, pidiendo su reincorporación (fs. 8 a 9), no consta respuesta a esta solicitud, habiéndose emitido por parte del Director de Recursos Humanos de la Alcaldía el oficio 52/04 de 18 de febrero, por el que certifica que el cargo del recurrente fue suprimido debido a la restricción presupuestaria conforme determina la norma prevista por el art. 49 inc. h) del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal (fs. 32).