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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0705/2004-R

    Fecha: 11-May-2004

    II.5.

    II.5.    A través del Memorando de 4 de noviembre de 2003, el Director Distrital de Educación II comunica a la recurrente que ante la nota enviada por la Defensoría de la Niñez y velando por la salud psicológica de los niños, debe constituirse en esa Dirección a partir de esa fecha desde hrs. 8:30 a 12:30 (fs. 52).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.  Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.  Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades  recurridas
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • APROBAR
    • Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional.

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