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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2004-R

    Fecha: 11-May-2004

    d)

    d)  El recurrente conoce perfectamente del proceso ejecutivo ya que incluso fue a su despacho y ahí le avisó que la Sentencia estaba ejecutoriada y que si había adjudicación podía utilizar el recurso de apelación. El hecho de que haya planteado nulidad de obrados el 25 de septiembre de 2002, significa igualmente que conoce del proceso, así como del señalamiento de remate efectuado el 22 de agosto de 2002.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad
    • a)
    • b)
    • d)
    • e)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • Fragmento 11
    • II.4.  El 24 de octubre  de 2003
    • 1)
    • III.1.
    • III.2.
    • dentro de plazo legal.
    • APROBAR
    • Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional

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