Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2004-R
Fecha: 11-May-2004
Fragmento 11
El 27 de febrero de 2003 (fs. 84), el Oficial de Diligencias informó a la autoridad judicial que se constituyó en el domicilio procesal del recurrente ubicado en calle Aroma 740, con el objeto de notificarlo, donde se le indicó que ya no tenía allí su domicilio. Por decreto de 28 del mismo mes y año la Jueza recurrida dispuso que el informe se ponga en conocimiento de la parte ejecutante (fs. 84).