SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0712/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0712/2004-R

Fecha: 11-May-2004

III.1.

III.1.  De obrados se establece que el juicio de divorcio fue desarrollado con sujeción a la normativa vigente sobre la materia, proceso en el que la representada del recurrente se presentó y asumió defensa, produciéndose pruebas tanto de cargo como de descargo, que fueron compulsadas por los jueces y tribunales inferiores, conforme a su sana crítica. Por su parte, los Ministros recurridos, también de manera fundamentada, procedieron a resolver el recurso de casación planteado por el demandante, y luego de un análisis pormenorizado de las supuestas ilegalidades reclamadas en el recurso, aplicando lo dispuesto por el art. 274 y 253 inc. 1) del CPC, al considerar que los tribunales de instancia interpretaron y aplicaron indebidamente el régimen legal de la comunidad de gananciales, casaron parcialmente el Auto de Vista recurrido, en lo referente a la división del inmueble, disponiendo su división en partes iguales, es decir el 50% a cada uno de los contendientes, sin que con ello las autoridades demandadas hubieran cometido ningún acto ilegal, al contrario, sometieron el procedimiento y su fallo a derecho, por lo que la Resolución impugnada por el actor ha adquirido plena ejecutoria y no puede ser revisada a través del presente amparo; tutela que sólo puede otorgarse cuando se establece la violación de derechos fundamentales de garantías constitucionales, lo que en este caso no acontece.