Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0718/2004-R
Fecha: 11-May-2004
II.3.
II.3. En cumplimiento a la Comunicación interna suscrita por el Director Administrativo y Financiero de la UAGRM (fs. 56), por nota de 8 de mayo de 2003, el recurrente presentó sus descargos ante el Presidente de la Comisión Económica del Consejo Universitario, señalando que los fondos recibidos con destino al mejoramiento de infraestructura del Centro Universitario de San Javier, fueron devueltos el 14 de noviembre de 2002 y depositados en la caja de la Universidad, debido a que no se hicieron trabajos en dicho Centro (fs. 54).