SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0722/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0722/2004-R

Fecha: 14-May-2004

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

En el Juzgado de Instrucción Quinto en lo Civil se sustanció el interdicto de daño temido seguido en su contra por Lissette Canavesi Rimbaund, quien solicitó expresamente la calificación de daños y perjuicios, alegando que su departamento ubicado en el segundo piso del condominio “Buena Vista” sufrió rajaduras y fisuras a consecuencia de la construcción de una loza que realizó sobre áreas comunes; proceso en el que dentro del término probatorio la actora no produjo prueba, por el contrario su persona solicitó se fijen los hechos a probarse, lo cual fue rechazado sin ningún fundamento, habiendo presentado documental consistente en un plano de fraccionamiento que no fue valorado en la Sentencia 1197/2002 de 23 de diciembre, y en forma ultra petita se dispuso proceda a la demolición bajo asistencia técnica de la ampliación clandestina construida y la reparación de las fisuras y grietas del departamento de la demandante.

Añade que interpuso recurso de apelación alegando que se falló más allá de lo pedido, la ausencia de fundamentos jurídicos serios, la falta de cita de normas jurídicas en las que se basó el fallo y la errónea apreciación de los hechos y las pruebas, dictándose el Auto de Vista 327/2003 de 22 de agosto, en el que al igual que la Resolución del inferior se infringió el principio dispositivo, pues no se circunscribió a los agravios formulados, vulnerándose igualmente el principio de congruencia y la reformatio in peius al modificarse la Sentencia en su perjuicio, al afirmar que el quinto piso de su propiedad es clandestino y debe demolerse.