Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0722/2004-R
Fecha: 14-May-2004
I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 73/2004 de 10 de mayo, se amplió el plazo procesal para dictar resolución hasta el 11 de junio de 2004, por lo que la presente sentencia es pronunciada dentro del plazo legal.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2 Trámite del recurso en el Tribunal de amparo constitucional
- I.3.1 Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- APROBAR