AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2004-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2004-CDP

Fecha: 23-Jun-2004

amparo constitucional

En revisión la decisión adoptada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz sobre daños y perjuicios asumida en la audiencia de 14 de octubre de 2003 (fs. 273 a 274), en el trámite realizado dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Ignacio Dorado Casupá en representación de la Sociedad Hotelera “Totaitú” S.A. contra  Jesús Chuquimia Zeballos, Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial.