2.
2. De otro lado, el recurso ha sido interpuesto extemporáneamente, es decir cuando la Ley 2631 ya había sido sancionada por el Congreso Nacional, y, es más, promulgada por el Presidente Constitucional de la República, lo que impide cualquier análisis sobre la constitucionalidad del procedimiento seguido para la reforma a la Constitución, por expresa previsión del art. 116 de la CPE, que claramente establece que la demanda deberá ser presentada antes de la sanción de la ley que aprueba la reforma, condición que en el presente caso no ha sido cumplida.
- I.1. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1.
- II.2.
- un recurso específico
- antes de la sanción de la ley
- 1.
- 2.
- II.3.
- declarar la inconstitucionalidad de normas que ya forman parte de la Constitución, que es el fundamento y la base de todo orden jurídico-político del Estado
- no tiene competencia para revisar el contenido material (sustantivo) de las leyes de reforma de la Constitución
- RECHAZA
