un recurso específico
De acuerdo a lo anotado, es el propio art. 120.10a de la CPE, el que establece un recurso específico para impugnar el procedimiento a la reforma de la Constitución; consiguientemente, cualquier defecto referido a ese extremo, no podrá ser analizado a través de un recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, sino a través de las demandas respecto al procedimiento de reformas de la Constitución, que tienen su desarrollo en el Capítulo XIV de la Ley del Tribunal Constitucional.
- I.1. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1.
- II.2.
- un recurso específico
- antes de la sanción de la ley
- 1.
- 2.
- II.3.
- declarar la inconstitucionalidad de normas que ya forman parte de la Constitución, que es el fundamento y la base de todo orden jurídico-político del Estado
- no tiene competencia para revisar el contenido material (sustantivo) de las leyes de reforma de la Constitución
- RECHAZA
