SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0054/2004
Fecha: 15-Jun-2004
debe ser clara, expresa e inequívoca,
“De tal modo, la determinación de los sujetos activo y, sobre todo, pasivo de un tributo que se trate -de la patente, en la especie- debe ser clara, expresa e inequívoca, ya que tiene que definir las personas que estarán sujetas a esa obligación para que, por una parte, conozcan la imposición que deben cumplir, y por otra, el Estado tenga la potestad de exigir su pago. El efectivo cumplimiento de la obligación tributaria requiere la concreción de los sujetos llamados a tal cumplimiento, que son los denominados obligados o contribuyentes. Si no se ha determinado, en la norma que crea un tributo, quién debe ser el que la cumpla, o quién debe pagarlo efectivamente, no puede exigirse la observancia de la misma; no puede dejarse el establecimiento del sujeto pasivo a la discrecionalidad del ente estatal respectivo, si no está determinada en una norma positiva”.
“En consecuencia, al no haber establecido la OM 040/96 las personas sujetas al pago de la patente por transformación de ganado vacuno y porcino en cuero y alimento, no puede exigirse el pago de la misma a los ahora recurrentes, que no están contemplados en esa normativa, como comercializadores de ganado al detalle”.
- Jorge Abel Saavedra Ayala
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4. La Resolución Senatorial 050/96-97 de 18 de diciembre de 1996
- III.5. En 4 de marzo de 2002
- III.6.
- Tributos
- Tasa
- Contribuciones especiales
- La Patente
- 4. Sujetos de tributo
- patentes,
- Ordenanza Municipal (013/93 de 25 de marzo)
- debe ser clara, expresa e inequívoca,
- OM 013/93
- III.5.