Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2004
Fecha: 29-Jun-2004
I.2. Admisión y citación
Subsanada la deficiencia formal observada por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional a través del AC 121/2004-C,A de 3 de marzo, (fs. 55 a 56), por AC 178/2004-CA, de 26 de marzo (fs. 63 a 65), la indicada Comisión admitió el recurso directo de nulidad y dispuso la citación del recurrido; diligencia cumplida el 12 de abril de 2004 (fs. 80).
- Mireya Eliana Escóbar Herrera, en representación de la Asociación Privada de Comercializadores de Hidrocarburos Líquidos y Gas Natural Comprimido (ASESPRI),
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citación
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- III.2.
- INFUNDADO