Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2004
Fecha: 29-Jun-2004
II.2.
II.2. Por memoriales de 20 de enero y 9 de mayo de 2003 (fs. 1 y 34 a 35, primer cuerpo), ASESPRI y ASOSUR Nacional presentaron denuncia al considerar ilegal la primera, el otorgamiento de autorización a personas particulares y empresas unipersonales, y la segunda, la ampliación concedida a la Estación de Servicio de Gas Comprimido 6 de Agosto, habiéndose acumulado ambas denuncias (fs. 41-B a 42, primer cuerpo). Por Resolución de 16 de junio de 2003 (fs. 46 a 49, primer cuerpo), el Superintendente Interino de Hidrocarburos de esa época, dispuso el archivo de obrados.
- Mireya Eliana Escóbar Herrera, en representación de la Asociación Privada de Comercializadores de Hidrocarburos Líquidos y Gas Natural Comprimido (ASESPRI),
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citación
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- III.2.
- INFUNDADO