SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0837/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0837/2004-R

Fecha: 01-Jun-2004

II.3.

II.3.    El 5 de agosto de 2003  el recurrente solicitó al Juez Séptimo de Partido en lo Civil regulación de honorarios por la medida preparatoria de demanda y demanda ejecutiva realizada para José Humberto Zamora Saavedra, pidiendo la aplicación del Arancel vigente al tiempo de la prestación del servicio profesional prestado (fs. 12), habiendo el Juez de la causa, mediante Auto de 6 de septiembre de 2003,  regulado sus honorarios, aplicando el Arancel de 31 de agosto de 1994, sólo con relación a la medida preparatoria en la suma de $US30.160.88.- más Bs400.- y no así respecto a la demanda ejecutiva, por no haber sido admitida. (fs. 16).