Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0838/2004-R
Fecha: 01-Jun-2004
II.6.
II.6. La aprehensión de los recurrentes, fue realizada por Policías del PAC en una intervención policial preventiva, acción directa, a solicitud de Luis Paniagua Susano, quien había informado a los aludidos funcionarios policiales, tener una denuncia en oficinas de la PTJ de Santa Cruz, porque su mercadería no había llegado a su destino, desapareciendo junto con su camión y que la misma se encontraba en poder de los recurrentes; una vez aprehendidos los imputados fueron conducidos a la División Propiedades de la PTJ de la ciudad de La Paz (fs. 30).