SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0876/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0876/2004-R

Fecha: 08-Jun-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, solicita tutela a sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, al debido proceso y a ejercer una función pública, consagrados por las normas previstas por los arts. 7 incs. a), d); 16 y 40.2ª de la CPE, vulnerados por los actos de los concejales recurridos, quienes  falsificando su firma fraguaron su renuncia al cargo de Alcalde del Gobierno Municipal de Puerto Pérez, convocaron a sesión del Concejo Municipal en día que no corresponde para considerarla y la aceptaron, procediendo acto seguido a elegir otro Alcalde; por su parte la recurrida Directora General del Tesoro instruyó el retiro de su firma al Banco Unión, evitando con ello el manejo de las cuentas fiscales del Gobierno Municipal de Puerto Pérez. En consecuencia en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de alguno de los derechos fundamentales del recurrente; a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.