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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0879/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0879/2004-R

    Fecha: 08-Jun-2004

    II.4

    II.4     El 5 de septiembre de 2003, en la Certificación que corre a fs. 302, el Director  General de Asuntos Sindicales y Empleo del Ministerio del Trabajo, señala que el Sindicato de la empresa “Nuevo Cerro Dragón” S.A. no tiene personalidad jurídica reconocida, ni trámite de aprobación,  que no se expidió la Resolución Ministerial reconociendo a su directiva.  

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • Fragmento 13
    • III.1.
    • Fragmento 15
    • III.2.
    • APRUEBA

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