Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0879/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
II.4
II.4 El 5 de septiembre de 2003, en la Certificación que corre a fs. 302, el Director General de Asuntos Sindicales y Empleo del Ministerio del Trabajo, señala que el Sindicato de la empresa “Nuevo Cerro Dragón” S.A. no tiene personalidad jurídica reconocida, ni trámite de aprobación, que no se expidió la Resolución Ministerial reconociendo a su directiva.