SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0880/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0880/2004-R

Fecha: 08-Jun-2004

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 24 de marzo de 2004 (fs. 27 a 29), las recurrentes aseveran que tienen entre dieciocho y veintiún años de servicio prestados en la Alcaldía Municipal de Sucre, hasta que fueron sorprendidas con los memorandos de retiro intempestivo 29/03 y 30/03, con el argumento del art. 44-6) de la Ley de Municipalidades (LM).

Relatan que una vez recibidos dichos memorandos, los representaron ante la Alcaldesa, siendo reincorporados los otros dos funcionarios despedidos, pero ellas no merecieron  respuesta favorable alguna. El Concejo Municipal, al que acudieron, luego de recibir el informe de la Ejecutiva sobre su retiro en sesión reservada, no dispuso nada  dejando en manos de la recurrida la solución del problema. Asimismo -indican- la Alcaldesa no acudió a las citaciones de la Dirección Departamental del Trabajo, ni dio curso a la solicitud de la Defensoría del Pueblo para disponer su reincorporación.