SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0880/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0880/2004-R

Fecha: 08-Jun-2004

III.4.

III.4.  Conforme, a las normas previstas por los art. 9.II del DS 26139 de 15 de septiembre de 2001 de Recursos de Revocatoria y Jerárquicos, 67 y siguientes del DS 26115 de 16 de marzo de 2001 de Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal (aplicables al caso de autos, por determinación de la Disposición Tercera párrafo I de la Ley 2341 de 23 de abril de 2002, de  Procedimiento Administrativo, que ingresó en vigencia a partir del 25 de julio de 2003, por la modificación que hizo la Ley 2446 de 19 de marzo de 2003, respecto de la disposición final segunda de la referida Ley) proceden los recursos de revocatoria y jerárquico contra todo acto administrativo o resolución que determine el ingreso a la carrera administrativa, la promoción o retiro de funcionarios de carrera, normas que son concordantes con las previstas por los arts. 137, 140 y 141 de la LM, para que una vez concluida la vía administrativa ante la Superintendencia de Servicio Civil cuyas decisiones son definitivas y de cumplimiento obligatorio, conforme establecen las normas previstas por los arts. 143 de la LM y 62.I y II del EFP, puedan acudir los interesados al proceso Contencioso Administrativo.