SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2004-R

Fecha: 08-Jun-2004

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 2 de marzo de 2004 (fs. 565 a 567), el recurrente aduce que en 4 de mayo de 1999 Guillermo Rodríguez Arce, con el objeto de hacer reconocer judicialmente la supuesta firma de un documento, inició en su contra una demanda de medidas preparatorias, y luego de dos anulaciones la primera del trámite de medidas antedichas, y la segunda del proceso ejecutivo que se formalizó en su contra el proceso radicó ante el Juez hoy recurrido que dispuso  su citación   emplazamiento para que reconozca su firma, pero el oficial de Diligencias procedió a “notificarlo” y no a “citarlo”, a más que no lo citó con la demanda de medida preparatoria, lo que determina la nulidad de lo actuado conforme lo disponen los arts. 120 y 128 del Código de procedimiento civil (CPC).