Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que no fue citado legalmente con la demanda de medida preparatoria de reconocimiento de firma en el documento que sirvió de base para el proceso ejecutivo seguido después en su contra, lo que vulneraría su derecho a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.