Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0912/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 27 de febrero de 2004, el recurrente denunció al Comandante General de la Policía Nacional los extremos relacionados precedentemente y solicitó la intervención de la Dirección de Instrucción y Enseñanza, la extensión de fotocopia legalizada de la prueba escrita de sociología, así como de la resolución que determina su baja. Además, pidió el cese de la restricción de sus derechos constitucionales y el señalamiento de audiencia pública de exhibición de la prueba con participación de un catedrático en la materia y su abogado patrocinante (fs.5 a 7), sin cursar en el cuaderno procesal repuesta al petitorio.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Consiguientemente, el caballero cadete reprobado en una o dos materias en un semestre tendrá la opción, si es que reprueba el examen de segundo turno (desquite), de repetir la materia en la próxima gestión, tal cual determina el numeral 4.5 del S.E.P.,
- III.2.