SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0950/2004-R
Fecha: 16-Jun-2004
procedente
La Resolución 115/2004 de 7 de abril de 2004, cursante de fs. 41 a 43, declaró procedente el recurso, sin costas ni multa por ser excusable, por ende, dispuso la nulidad de los decretos de 19 de febrero y 17 de marzo de 2004, que la autoridad recurrida suspenda el término para contestar a la demanda conforme el art. 341 del CPC y se pronuncie respecto a la excepción de prescripción, con el argumento que cuando las partes en el proceso interponen excepciones previas conforme el art. 336 incs.7) y 9) del CPC, implica que la autoridad judicial debe resolverlas antes de la resolución de fondo y en los términos y plazos previstos por el CPC, evidenciándose que la autoridad recurrida en forma sistemática eludió el pronunciamiento sobre el petitorio de los recurrentes, violando los arts. 16 Constitución Política del Estado, 336, 337, 338 y 341 del CPC.