SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0962/2004-R
Fecha: 22-Jun-2004
II.2.
II.2. El 25 de junio de 2001, fue designado Fiscal Asistente del Distrito de Oruro por el tiempo de doce meses, debiendo desempeñar sus funciones en el asiento fiscal de Huanuni. Cumplido el periodo, el 8 de julio de 2002 fue mantenido en el cargo por un periodo de tres meses, pasados los cuales el 28 de septiembre de 2002 fue nuevamente designado por un año; y finalmente, el 6 de octubre de 2003 fue designado por un periodo adicional de cuatro meses en el mismo cargo. Todas las designaciones señaladas fueron realizadas por el Fiscal General de la República, amparado en las disposiciones transitorias Segunda y Cuarta de la Ley Orgánica del Ministerio Público, sujetas a calificación y evaluación, en cumplimiento a las normas previstas por el art. 91 de la LOMP para la permanencia del recurrente en el cargo (fs. 4-7).