SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0965/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0965/2004-R

Fecha: 23-Jun-2004

Fragmento 25

           Entendida la figura del hábeas data, caben realizar las siguientes puntualizaciones en el caso objeto de estudio. En primer término, Efraín Oscar Alarcón no posee un “archivo” o “banco de datos” que registre información sobre el actor, sino que se trata de un acreedor que acudió ante un periódico para publicar una exhortación a quien supuestamente le debe una suma de dinero con el fin de que la misma le sea cancelada, por un lado, y por otro, en el cuaderno procesal del recurso, no existe nota o literal alguna que evidencie que el recurrente hubiera pedido al nombrado acreedor retire la publicación mencionada, razón que determina en este aspecto, la  improcedencia del  hábeas data   por ser un recurso subsidiario como se tiene expresado.