SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0965/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0965/2004-R

Fecha: 23-Jun-2004

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 30 de marzo de 2004 (fs. 9 a 12 vta.), y en el de subsanación, de 3 de abril (fs. 14 y 15), el recurrente asevera que en 14 y 21 de marzo de 2004, Efraín Oscar Alarcón Bautista, mediante el periódico “La Razón” publicó avisos por los que le señalan, al igual que a su hija Marcela Carrasco López como deudor moroso, en contra de su imagen, honorabilidad e intimidad.

Aduce que la intimidad en su concepto constitucional no solamente protege la esfera privada de los ciudadanos, como un tema donde se excluyen del conocimiento de los otros una serie de datos e informaciones, salvo manifiesta expresión del afectado, sino que también resguarda su pleno desarrollo como persona, de modo que al amparo de lo establecido por el art. 23 de la Constitución Política del Estado (CPE) tiene la potestad de plantear este recurso para  que se eliminen o rectifiquen los datos registrados en “La Razón”, en el que  se ha divulgado su vida íntima, sin conocer la realidad de los hechos, dado que dicho medio de prensa debió negar a Efraín Alarcón Bautista la publicación que solicitó y persuadirlo que acuda a la vía pertinente.