Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0965/2004-R
Fecha: 23-Jun-2004
II.1.
II.1. Por documento privado de 2 de junio de 2003 (fs. 230 y 21), con reconocimiento de firmas de 1 de agosto del mismo año (fs. 19), Alberto José Carrasco Vidaurre reconoció adeudar la suma de $US5.000.- a Efraín Oscar Alarcón Bautista, obligándose a pagarla hasta el 30 de noviembre de dicha gestión. Marcela Ludnila Carrasco López, hija del actor, figura como garante solidaria y mancomunada.
- recurso de hábeas data
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- hábeas data
- Siguiendo la doctrina del Dr. José Antonio Rivera Santivañez en su obra “Jurisdicción Constitucional”, el hábeas data se define como el proceso constitucional de carácter tutelar que protege a la persona en el ejercicio de su derecho a la “autodeterminación informática”
- b)
- c)
- e)
- 1)
- f)
- 8)
- I.
- V.
- de carácter subsidiario
- La legitimación activa
- La legitimación pasiva
- III.3.
- Fragmento 25
- APRUEBA