SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0983/2004-R
Fecha: 23-Jun-2004
Juez Décimo de Partido Ordinario en lo Civil-Comercial,
El recurrido, Juez Décimo de Partido Ordinario en lo Civil-Comercial, en el informe de fs. 149 señala: 1) en el Juzgado a su cargo ingresó el proceso coactivo iniciado por el Banco de Crédito contra el recurrente Luis Herbas Encinas y, Bárbara Orfa Méndez, en el que dictó Sentencia el 8 de marzo de 2002, con la que se citó a los deudores y al no haber opuesto ninguna de las excepciones previstas por el art. 49.III de la LAPCAF, a instancia del Banco coactivante se procedió con el trámite de la ejecución de sentencia hasta proceder a la subasta, remate y adjudicación de los bienes inmuebles a favor de la parte demandante, como se acredita por el acta y aprobación del mismo; 2) el recurrente en ejecución de sentencia promovió incidente de nulidad de obrados, que admitido y contestado, fue rechazado mediante Auto confirmado en apelación por la Sala Civil Primera; 3) ha sido citado con este recurso cuyos términos son similares a los expuestos en el incidente que sobre nulidad de obrados ya fue resuelto, y no obstante de ello ahora acude a la vía del amparo constitucional, citando disposiciones legales que aduce haber sido vulneradas, sin tomar en cuenta que todas esas observaciones debieron formalizarse por la vía de excepción y en el plazo oportuno cuando fue citado con la demanda y Sentencia y no ahora en forma extemporánea; 4) no privó al recurrente de su derecho a la defensa ni vulneró ninguna de las normas legales citadas en la demanda de amparo constitucional.