SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0066/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0066/2004

Fecha: 13-Jul-2004

II.6.

II.6.   El Acta de reunión conjunta realizada el 1 de marzo de 2004, expresa que          la             misma fue convocada por la autoridad recurrida, y que asistieron numerosas             autoridades, incluso el Asesor Legal en representación del Alcalde de        Yacuiba, así como los representantes del SEDES y DILOS Yacuiba, entre            otros,             habiendo convenido los presentes que con referencia        a las designaciones             de       personal médico efectuadas por la Dirección del SEDES Tarija y rechazadas por           DILOS Yacuiba, debía darse cumplimiento a las leyes vigentes, de forma          que    los designados asuman sus funciones, recomendándose que se realice una   reunión del DILOS Yacuiba con las personas designadas, a efecto de             reconsiderar las resoluciones dictadas para su disponibilidad, con el objeto de     evitar la pérdida de esos ítems. Asimismo, recomendaron coordinar funciones         para   la toma de decisiones entre DILOS, Gerencia de Red Yacuiba y el           SEDES. El acta se encuentra suscrita únicamente por la autoridad recurrida y no       así por las demás autoridades participantes (fs. 20 a 21).