Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0991/2004-R
Fecha: 01-Jul-2004
II.8.
II.8. Después de la publicación del primer aviso de remate en ejecución de sentencia, por escrito presentado el 13 de agosto de 2002 (fs. 192 a 193), el actor solicitó la nulidad de la citación con la demanda y Auto intimatorio, que por Auto 6/03 de 15 de enero de 2003 (fs.254 y 255), fue declarada improbada. Apelada esta decisión por el actor (fs. 258 a 260), mereció el Auto de Vista 056/2004 de 12 de febrero de este año (fs. 266), por el que la Corte Superior de La Paz anuló obrados hasta fs. 45 vta. inclusive, por no haberse abierto término incidental de prueba.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades y persona recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- en el juicio de conocimiento, se pretende llegar a la verdad sobre un acto jurídico,
- b)
- c)
- d) Proceso ordinario
- a la que ha acudido Sergio Marcelo Guillén Cevallos,
- III.4.
- APRUEBA