SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1014/2004-R
Fecha: 02-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, alega que la Fiscal de Materia recurrida está lesionando su libertad de locomoción por cuanto, no atendió oportunamente su solicitud de aplicación de una salida alternativa al proceso penal, pese a la suscripción de un acuerdo transaccional con el denunciante por el que se comprometió a reparar los daños ocasionados y devolver los bienes sustraídos que todavía no han sido recuperados, además del desistimiento de la acción presentada a su favor, situación que hace viable la salida alternativa de conciliación con la consiguiente extinción de la acción penal instaurada en su contra. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si se debe otorgar o no la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).