SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1014/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1014/2004-R

Fecha: 02-Jul-2004

procedente

La Resolución 086/2004, cursante de fs. 26 a 28, pronunciada el 10 de mayo por el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia de Tupiza del departamento de Potosí, declaró procedente el recurso, disponiendo que el Ministerio Público resuelva en el plazo de veinticuatro horas la solicitud de salida alternativa del recurrente, con los siguientes fundamentos: 1) el Ministerio Público hizo entrega de los bienes recuperados a sus respectivos dueños y el denunciante presentó el desistimiento de la acción penal; 2) el imputado -ahora recurrente- solicitó salida alternativa el 30 de abril de 2004, sin que hasta la fecha tenga resolución alguna al respecto, a excepción de la presentada en audiencia que no fue notificada al recurrente; 3) la aplicación de las salidas alternativas, depende de la relevancia social del delito, de la devolución de los bienes sustraídos, del acuerdo suscrito entre las partes y de la previsibilidad del perdón judicial; 4) los derechos reclamados por el recurrente “implica la responsabilidad de las instituciones jurídicas establecidas, especialmente el Ministerio Público y que la actitud irresponsable y negligente de sus funcionarios no deben afectar ni violar los derechos de los imputados” (sic), 5) al no resolverse la solicitud de salida alternativa se han violado los arts. 21 numerales 1, 4, 27 numerales 4), 6), y 7) del CPP y arts. 7 y 65 de la LOMP que implica una detención indebida.