SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1032/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

III.2.

III.2.  El derecho a la propiedad privada, se encuentra consagrado en el texto del art. 7 inc. i) de la CPE, toda persona tiene el derecho fundamental a la propiedad privada individual y colectivamente, siempre que cumpla una función social, derecho garantizado por el art. 22.I de la CPE, que establece:“se garantiza la propiedad privada siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo”, la doctrina nos indica que el derecho a la propiedad privada es la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para poseer, usar y gozar de un bien, sea de carácter intelectual, material, cultural o científico.