SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1036/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1036/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

c)

c)   La SC 1354/2002-R refiriéndose al art. 239.3 del CPP aclaró que esta disposición condiciona su aplicación al tiempo de detención y la falta de pronunciamiento de la Sentencia en ese lapso. No es lo mismo una Sentencia anulada recurrida en casación, que la falta de pronunciamiento de la misma,  pues la primera existe y la segunda no, razones legales y doctrinales que motivaron la Resolución de rechazo de la  cesación de la detención preventiva impetrada por el recurrente.