SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1036/2004-R
Fecha: 06-Jul-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 18 de mayo de 2004 (fs. 1 a 2.), el recurrente aduce que ese día a horas 14:30, el Tribunal Segundo de Sentencia llevó a cabo la audiencia para considerar su solicitud de cesación de la detención preventiva, toda vez que está detenido por más de dieciocho meses sin que exista Sentencia de primera instancia, ya que la inicial Resolución condenatoria dictada en su contra fue dejada sin efecto por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior al anular la Sentencia de primera instancia y ordenar la reposición del juicio ante otro tribunal, no obstante este antecedente y la claridad de la disposición contenida en el art. 239.3) del Código de procedimiento penal (CPP), los Jueces recurridos en forma precipitada y errónea rechazaron su solicitud, aduciendo que ellos habían dictado Sentencia de primera instancia y si bien la misma fue anulada, existía un recurso de casación pendiente y por tanto no podían disponer la cesación de su detención preventiva.